El Gobierno ha aprobado un real decreto ley, que modifica el artículo 29 de la ley del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), para que sean los bancos quienes paguen este impuesto en la suscripción de hipotecas, y no los clientes como hasta ahora y como así determinó el Tribunal Supremo tras dos días de deliberación. La nueva norma se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) mañana viernes y entrará en vigor el sábado.
Además de la modificación del artículo 29 de la ley del ITP y AJD, en el que se incluye un párrafo que aclara que cuando se trate de escrituras de préstamos con garantía hipotecaria, se considerará sujeto pasivo al prestamista, el real decreto también modifica el artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades para establecer que las entidades financieras no podrán deducirse este pago en el Impuesto sobre Sociedades.